A- de 2023
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Fernandez De Ponguta Elvia·Demandado Fondo Nacional Del Ahorro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre relaciones laborales con empresas de servicios temporales cuando la entidad pública es usuaria y la regla de vinculación es de trabajador oficial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Tunja y el Juzgado Noveno Administrativo Oral de Tunja.
Se produce la controversia por demanda ordinaria laboral instaurada por una ciudadana en contra del Fondo Nacional del Ahorro, con el fin de que (i) se declare que entre el FNA y su hijo, fallecido, existió un contrato laboral a término indefinido en calidad de trabajador oficial, el cual, en su criterio, fue encubierto mediante la tercerización de sus servicios con empresas de servicios temporales, a través de contratos de obra o labor, se declare que dicho contrato terminó de forma unilateral y sin justa causa y se condene a la demandada a reliquidar y pagar las acreencias debidas.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera aplicable la regla jurisprudencial establecida en Auto 1159 de 2021 y concluye que la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral es competente para conocer de las demandas en las que, en el marco de una relación laboral con una empresa de servicios temporales, se solicita el reconocimiento de derechos laborales –salariales y prestacionales– a la entidad usuaria, cuando quiera que (i) esta sea una entidad pública cuya regla general de vinculación sea la de trabajadores oficiales y (ii) dentro del trámite no pueda desvirtuarse prima facie tal parámetro de vinculación.
Esto, en atención al numeral 1º del artículo 2 del CPTSS, en concordancia con el numeral 4 del artículo 105 del CPACA.
Por consiguiente, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Tunja para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Noveno Administrativo Oral de Tunja.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Tunja y el Juzgado
- Noveno. Administrativo Oral de Tunja, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Tunja es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por Elvia Fernández de Ponguta, en calidad de madre de Plinio Luis Ponguta Fernández (Q.E.P.D.), en contra del Fondo Nacional del Ahorro.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-4263 al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Tunja para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
- Noveno. Administrativo Oral de Tunja.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.